Art. 10

Modificación del Reglamento (UE) n.o 10/2011

En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 10 Modificación del Reglamento (UE) n.o 10/2011 El Reglamento (UE) n.o 10/2011 se modifica como sigue: 1) En el artículo 6, se añade el apartado siguiente: «6.   No obstante lo dispuesto en el artículo 5, la sustancia 2,2-bis(4-hidroxifenil)propano (“bisfenol A” o “BPA”) (n.o CAS 80-05-7) y otros bisfenoles peligrosos o derivados peligrosos de bisfenoles, tal como se definen y se incluyen en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/3190 solo podrán utilizarse para fabricar materiales y objetos plásticos con arreglo a lo dispuesto en dicho Reglamento.» . 2) en el cuadro 1 del anexo I, se suprimen las entradas relativas a la sustancia n.o 151 [2,2-bis(4-hidroxifenil)propano] y a la sustancia n.o 154 (4,4′-dihidroxidifenil sulfona).
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