Art. 10

Divulgación de información sobre el uso de técnicas de reducción del riesgo de crédito

En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 10 Divulgación de información sobre el uso de técnicas de reducción del riesgo de crédito Las entidades divulgarán la información a que se refiere el artículo 453, letras a) a f), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, tal como se especifica en la sección 9 — «Divulgación de información sobre las técnicas de reducción del riesgo de crédito» del anexo I.
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