Art. 20
Designación de las autoridades centrales
En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 20
Designación de las autoridades centrales
Cada Estado miembro podrá designar una o varias autoridades centrales responsables del envío y recepción administrativos de las solicitudes de remisión de causas penales, así como de cualquier otra correspondencia oficial relacionada con dichas solicitudes.
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