Art. 20 · Designación de las autoridades centrales

Art. 20

Designación de las autoridades centrales

En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 20 Designación de las autoridades centrales Cada Estado miembro podrá designar una o varias autoridades centrales responsables del envío y recepción administrativos de las solicitudes de remisión de causas penales, así como de cualquier otra correspondencia oficial relacionada con dichas solicitudes.
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