Art. 19
Financiación del Comité de Evaluación del Rendimiento
En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 19
Financiación del Comité de Evaluación del Rendimiento
Los costes relacionados con el Comité de Evaluación del Rendimiento, la secretaría y el Comité de Cooperación de las Autoridades Nacionales de Supervisión se financiarán con cargo al presupuesto de la Unión.
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