Art. 55

Conformidad de los actos de la Unión con el presupuesto

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 55 Conformidad de los actos de la Unión con el presupuesto Cuando la aplicación de un acto de la Unión sobrepase los créditos disponibles en el presupuesto, dicho acto no podrá ser ejecutado en términos financieros hasta que se haya modificado el presupuesto en consecuencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2024:2509:oj#art-55

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil