Art. 30
Costes de la REGRT de Gas
En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 30
Costes de la REGRT de Gas
Los costes relacionados con las actividades de la REGRT de Gas mencionadas en los artículos 24, 25, 26, 70 y 71 del presente Reglamento y en el artículo 11 del Reglamento (UE) 2022/869 correrán a cargo de los gestores de redes de transporte y se tendrán en cuenta en el cálculo de las tarifas. Las autoridades reguladoras aprobarán dichos costes siempre que sean razonables y proporcionados.
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