Art. 2
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 31 may 2024
Artículo 2
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será aplicable del 4 de agosto de 2024 al 3 de febrero de 2025.
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