Art. 5
Costes contraídos por eu-LISA
En vigor desde 2 may 2024
Artículo 5
Costes contraídos por eu-LISA
1. La Comisión revisará anualmente los costes notificados por eu-LISA en el informe sobre la gestión presupuestaria y financiera a que se refiere el artículo 47, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/1726 del Parlamento Europeo y del Consejo (14) y determinará si se ha producido un incremento de los costes derivados del cumplimiento de las responsabilidades definidas en el artículo 74 del Reglamento (UE) 2018/1240, en relación con los notificados por eu-LISA en años anteriores.
2. eu-LISA comunicará, a petición de la Comisión, las razones que justifiquen el incremento de los costes de funcionamiento y mantenimiento del SEIAV a que se refiere el apartado 1 del presente artículo.
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