Art. 5

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 10 abr 2024
Artículo 5 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 5 de julio de 2025. Sin embargo, el artículo 4 será aplicable a partir del 1 de mayo de 2024.
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