Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 15 feb 2024
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece las disposiciones prácticas y operativas para el funcionamiento de un sistema fiable y seguro de intercambio de información, en lo sucesivo denominado «AGORA», para la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065.
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