Art. 1 · Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 15 feb 2024
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las disposiciones prácticas y operativas para el funcionamiento de un sistema fiable y seguro de intercambio de información, en lo sucesivo denominado «AGORA», para la supervisión, la investigación, la ejecución y el seguimiento de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065.
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