Art. 39

Publicación de la vulnerabilidad

En vigor desde 31 ene 2024
Artículo 39 Publicación de la vulnerabilidad Tras la retirada del certificado, el titular del certificado EUCC divulgará y registrará toda vulnerabilidad conocida públicamente y subsanada en el producto de TIC en la base de datos europea de vulnerabilidades, creada de conformidad con el artículo 12 de la Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) o en otros registros en línea a que se refiere el artículo 55, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) 2019/881.
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