Art. 12

Retirada de una solicitud

En vigor desde 23 ene 2024
Artículo 12 Retirada de una solicitud En caso de retirada de una solicitud antes de que el solicitante haya recibido el proyecto de dictamen, la retirada se notificará a la ECHA. La retirada surtirá efecto sesenta días después de la publicación de la notificación de retirada a que se refiere el artículo 9, letra e), a menos que se notifique un cambio de solicitante de conformidad con el artículo 11, apartado 3, antes de la expiración de dicho plazo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2024:369:oj#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil