Art. 10

Ficha informativa sobre los bonos verdes europeos y verificación previa a la emisión

En vigor desde 22 nov 2023
Artículo 10 Ficha informativa sobre los bonos verdes europeos y verificación previa a la emisión 1.   Antes de emitir un bono verde europeo, los emisores: a) cumplimentarán la ficha informativa sobre los bonos verdes europeos establecida en el anexo I; b) se asegurarán de que la ficha informativa sobre los bonos verdes europeos cumplimentada haya sido sometida a una verificación previa a la emisión y obtenido un dictamen positivo de un verificador externo. 2.   La ficha informativa sobre los bonos verdes europeos mencionada en el apartado 1 podrá referirse a más de una emisión de bonos verdes europeos. 3.   La verificación previa a la emisión a que se refiere el apartado 1, letra b), contendrá: a) una evaluación de si el emisor ha cumplimentado la ficha informativa sobre los bonos verdes europeos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 a 8 y el anexo I, y b) los elementos que figuran en el anexo IV.
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