Art. 9

Exclusión de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales

En vigor desde 22 nov 2023
Artículo 9 Exclusión de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales Las autoridades competentes a que se refiere el artículo 44, apartado 1, del presente Reglamento no aprobarán un folleto emitido por un país o territorio enumerado en el anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, por un país de alto riesgo enumerado en el anexo del Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 o por emisores establecidos en esos países o territorios, cuando dicho folleto se refiera al presente Reglamento o a la designación «bono verde europeo» o «BVEu».
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