Art. 1
Coeficientes de conversión
En vigor desde 10 oct 2023
Artículo 1
Coeficientes de conversión
1. El coeficiente de conversión del arroz descascarillado en arroz con cáscara, y a la inversa, será el siguiente:
Arroz descascarillado
Arroz con cáscara (arroz «paddy»)
1
1,25
2. El coeficiente de conversión del arroz descascarillado en arroz blanqueado, y a la inversa, será el siguiente:
Arroz descascarillado
Arroz blanqueado
Arroz de grano redondo
1
0,775
Arroz de grano mediano o de grano largo
1
0,69
3. El coeficiente de conversión del arroz blanqueado en arroz semiblanqueado, y a la inversa, será el siguiente:
Arroz blanqueado
Arroz semiblanqueado
Arroz de grano redondo
1
1,065
Arroz de grano mediano o de grano largo
1
1,072
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