Art. 83
Medidas de gestión transitorias
En vigor desde 4 oct 2023
Artículo 83
Medidas de gestión transitorias
Los Estados miembros que estén considerando empezar a pescar lampuga utilizando DCP presentarán a la Comisión sus medidas nacionales una vez adoptadas, y la Comisión las transmitirá sin demora a la Secretaría de la CGPM.
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