Art. 134

Programa regional de investigación

En vigor desde 4 oct 2023
Artículo 134 Programa regional de investigación Los Estados miembros cuyos buques pesqueros realicen actividades de pesca comercial dirigidas a la explotación del cangrejo azul (Portunus segnis y Callinectes sapidus) en el mar Mediterráneo participarán en el programa regional de investigación destinado a la explotación sostenible del cangrejo azul en el mar Mediterráneo, de una manera que tenga en cuenta los objetivos en materia de pesca, socioeconómicos y medioambientales.
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