Art. 78

Diseño técnico y funcionamiento del pasaporte para baterías

En vigor desde 12 jul 2023
Artículo 78 Diseño técnico y funcionamiento del pasaporte para baterías El diseño técnico y el funcionamiento del pasaporte para baterías cumplirán los requisitos esenciales siguientes: a) el pasaporte para baterías será totalmente interoperable con otros pasaportes digitales de productos requeridos por el Derecho de la Unión sobre diseño ecológico, en relación con los aspectos técnicos, semánticos y organizativos de la comunicación de extremo a extremo y la transferencia de datos; b) los consumidores, los operadores económicos y otros agentes pertinentes tendrán acceso al pasaporte para baterías de manera gratuita y sobre la base de sus respectivos derechos de acceso establecidos en el anexo XIII y en el acto de ejecución adoptado con arreglo al artículo 77, apartado 9; c) los datos incluidos en el pasaporte para baterías serán almacenados por el operador económico responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 77, apartados 4 o 7, o por operadores autorizados para actuar en su nombre; d) si los datos incluidos en el pasaporte para baterías son almacenados o tratados de otro modo por operadores autorizados a actuar en nombre del operador económico responsable del cumplimiento de las obligaciones con arreglo al artículo 77, apartados 4 o 7, dichos operadores no estarán autorizados a vender, reutilizar o tratar dichos datos, total o parcialmente, más allá de lo necesario para la prestación de los servicios de almacenamiento o tratamiento pertinentes; e) el pasaporte para baterías seguirá estando disponible una vez que el operador económico responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 77, apartados 4 o 7, deje de existir o cese su actividad en la Unión; f) los derechos de acceso, introducción, modificación o actualización de la información del pasaporte para baterías se restringirán sobre la base de los derechos de acceso especificados en el anexo XIII y en el acto de ejecución adoptado con arreglo al artículo 77, apartado 9; g) la autenticación, la fiabilidad y la integridad de los datos serán garantizadas; h) el pasaporte para baterías será tal que se garantice un elevado nivel de seguridad y privacidad y se evite el fraude.
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