Art. 39

Establecimiento del presupuesto

En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 39 Establecimiento del presupuesto 1.   Cada año, el director ejecutivo elaborará un proyecto de estado de previsiones de ingresos y gastos de la Agencia para el ejercicio presupuestario siguiente, que incluirá la plantilla de personal, y lo remitirá al Consejo de Administración. 2.   El Consejo de Administración, sobre la base del proyecto a que se refiere el apartado 1, adoptará un proyecto provisional de estado de previsiones de ingresos y gastos de la Agencia para el siguiente ejercicio presupuestario. 3.   El proyecto provisional de estado de previsiones de ingresos y gastos de la Agencia se remitirá a la Comisión a más tardar el 31 de enero de cada año. El Consejo de Administración remitirá el proyecto de estado de previsiones definitivo a la Comisión a más tardar el 31 de marzo. 4.   La Comisión remitirá el estado de previsiones de ingresos y gastos de la Agencia a la autoridad presupuestaria junto con el proyecto de presupuesto general de la Unión. 5.   Sobre la base del estado de previsiones de ingresos y gastos de la Agencia, la Comisión consignará en el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea las previsiones que considere necesarias por lo que respecta a la plantilla de personal y al importe de la subvención con cargo al presupuesto general, y lo presentará a la autoridad presupuestaria de conformidad con lo dispuesto en los artículos 313 y 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). 6.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos necesarios para la contribución destinada a la Agencia. 7.   La autoridad presupuestaria aprobará la plantilla de personal de la Agencia. 8.   El Consejo de Administración adoptará el presupuesto de la Agencia por mayoría de dos tercios de sus miembros con derecho a voto. El presupuesto será definitivo tras la adopción definitiva del presupuesto general de la Unión. Cuando sea necesario, el presupuesto se adaptará en consecuencia. 9.   El Reglamento Delegado (UE) 2019/715 se aplicará a todo proyecto inmobiliario que pueda tener repercusiones importantes para el presupuesto de la Agencia.
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