Art. 25
Presidencia del Consejo de Administración
En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 25
Presidencia del Consejo de Administración
1. El Consejo de Administración elegirá un presidente y un vicepresidente de entre sus miembros con derecho a voto. El presidente y el vicepresidente serán elegidos por mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo de Administración con derecho a voto.
2. El vicepresidente sustituirá automáticamente al presidente cuando este no pueda desempeñar sus funciones.
3. La duración del mandato del presidente y del vicepresidente será de cuatro años. Su mandato podrá renovarse una vez. No obstante, si el presidente o el vicepresidente dejaran de ser miembros del Consejo de Administración durante su mandato, este expirará automáticamente en la misma fecha.
4. El procedimiento detallado para la elección del presidente y del vicepresidente se establecerá en el reglamento interno del Consejo de Administración.
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