Art. 26

Reuniones del Consejo de Administración

En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 26 Reuniones del Consejo de Administración 1.   El presidente convocará las reuniones del Consejo de Administración. 2.   El director ejecutivo participará en las deliberaciones del Consejo de Administración. 3.   El Consejo de Administración se reunirá al menos una vez al año en sesión ordinaria. Además, se reunirá a iniciativa de su presidente, a petición de la Comisión o a petición de, como mínimo, un tercio de sus miembros. 4.   El Consejo de Administración podrá invitar a cualquier persona cuya opinión pueda ser de interés a que asista a sus reuniones en calidad de observador, incluidos a representantes de organizaciones de la sociedad civil. 5.   Los miembros del Consejo de Administración podrán, en las condiciones establecidas en el reglamento interno, estar asistidos en las reuniones por asesores o expertos. 6.   La Agencia se hará cargo de la secretaría del Consejo de Administración.
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