Art. 25 · Presidencia del Consejo de Administración

Art. 25

Presidencia del Consejo de Administración

En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 25 Presidencia del Consejo de Administración 1.   El Consejo de Administración elegirá un presidente y un vicepresidente de entre sus miembros con derecho a voto. El presidente y el vicepresidente serán elegidos por mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo de Administración con derecho a voto. 2.   El vicepresidente sustituirá automáticamente al presidente cuando este no pueda desempeñar sus funciones. 3.   La duración del mandato del presidente y del vicepresidente será de cuatro años. Su mandato podrá renovarse una vez. No obstante, si el presidente o el vicepresidente dejaran de ser miembros del Consejo de Administración durante su mandato, este expirará automáticamente en la misma fecha. 4.   El procedimiento detallado para la elección del presidente y del vicepresidente se establecerá en el reglamento interno del Consejo de Administración.
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