Art. 1
Objeto
En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece medidas específicas para la introducción en el territorio de la Unión de madera de roble (Quercus L.), que ha conservado su superficie redondeada natural con corteza, originaria de los Estados Unidos de América.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2023:1312:oj#art-1