Art. 14

Suspensión de las normas específicas establecidas en los capítulos 2, 3 y 4

En vigor desde 14 jun 2023
Artículo 14 Suspensión de las normas específicas establecidas en los capítulos 2, 3 y 4 1.   La Comisión realizará un seguimiento meticuloso de la aplicación de las normas específicas establecidas en los capítulos 2, 3 y 4 y en el artículo 13, y en particular de si: a) se llevan a cabo controles oficiales respecto a los envíos de bienes al por menor, vegetales para plantación distintos de las patatas de siembra, máquinas y vehículos que hayan sido utilizados con fines agrícolas o forestales antes de su entrada en Irlanda del Norte, y de patatas de siembra y animales de compañía, que entren en el ámbito de aplicación del presente Reglamento; b) se llevan a cabo controles y seguimiento oficiales adecuados, de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo III, que abarquen los traslados de los bienes al por menor desde las instalaciones de inspección sanitaria y fitosanitaria de primera llegada a Irlanda del Norte hasta el establecimiento de la lista de destino, a fin de garantizar que los bienes al por menor se destinan exclusivamente a establecimientos de la lista de Irlanda del Norte y que no serán traslados posteriormente a un Estado miembro; c) se cumplen las normas específicas establecidas en el presente Reglamento y, en particular, en sus artículos 6 y 9. 2.   La Comisión también realizará un seguimiento de si: a) las instalaciones de inspección sanitaria y fitosanitaria de primera llegada a Irlanda del Norte cumplen lo dispuesto en el anexo II; b) los representantes de la Unión tienen acceso permanente y continuo a las bases de datos pertinentes utilizadas por las autoridades competentes del Reino Unido en Irlanda del Norte a efectos de los controles oficiales y del seguimiento exigidos por el presente Reglamento, incluida la plataforma de inspección del documento sanitario común de entrada (DSCE) y otras bases de datos pertinentes e intercambio de información, y si las autoridades competentes del Reino Unido en Irlanda del Norte cumplen su obligación de utilizar el sistema Traces con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/625. 3.   Cuando la Comisión constate que el Reino Unido incumple sistemáticamente las normas específicas a que se refiere el apartado 1, o que el Reino Unido no cumple alguna de las condiciones a que se refiere el apartado 2, notificará por escrito al Reino Unido, en un plazo de siete días, dicha constatación junto con una explicación razonada. 4.   Durante las cuatro semanas posteriores a la fecha de la notificación por escrito a que se refiere el apartado 3, la Comisión consultará al Reino Unido con miras a subsanar la situación que ha dado lugar a dicha notificación por escrito. 5.   Si la situación que dio lugar a la notificación por escrito a que se refiere el apartado 3 del presente artículo no se subsana en el plazo de cuatro semanas a que se refiere el apartado 4 del presente artículo o si las disposiciones pertinentes de la sección 2 (Determinación de los bienes que no presentan riesgo y derogación de la Decisión n.o 4/2020) de la Decisión n.o 1/2023 del Comité Mixto (16) se han suspendido de conformidad con su artículo 15, apartado 2, por motivos pertinentes para las cuestiones que entran en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, la Comisión estará facultada para adoptar, en un plazo adicional de cuatro semanas, un acto delegado con arreglo al artículo 17, a fin de completar el presente Reglamento, por el que se determinen las normas específicas establecidas por el presente Reglamento cuya aplicación se suspenderá. En caso de que el Reino Unido no cumpla las condiciones establecidas en el apartado 1, letra c), o en el apartado 2, letra a) o b), del presente artículo, la Comisión adoptará un acto delegado con arreglo al artículo 17, a fin de completar el presente Reglamento, por el que se suspenda la aplicación de los artículos 4, 5, 6 y 9 a 12. 6.   Cuando la situación que haya dado lugar a la adopción del acto delegado a que se refiere el apartado 5 haya sido subsanada por el Reino Unido, la Comisión adoptará un acto delegado con arreglo al artículo 17, a fin de completar el presente Reglamento, por el que se determinen las normas específicas suspendidas que volverán a ser de aplicación.
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