Art. 13.tit_1
Prohibición del traslado o de la introducción en el mercado de un Estado miembro de bienes y animales de compañía incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento
En vigor desde 14 jun 2023
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2023:1231:oj#art-13.tit_1