Art. 32
Plantillas de información cuantitativa anual para grupos — Información sobre garantías a largo plazo
En vigor desde 4 abr 2023
Artículo 32
Plantillas de información cuantitativa anual para grupos — Información sobre garantías a largo plazo
Las empresas de seguros y de reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros y las sociedades financieras mixtas de cartera presentarán anualmente la información a que se refiere el artículo 304, apartado 1, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2015/35, leído en relación con su artículo 372, apartado 1, utilizando la plantilla S.22.01.04 del anexo I del presente Reglamento, que especifica la información sobre el impacto de las medidas de garantía a largo plazo y las medidas transitorias, y siguiendo las instrucciones de la sección S.22.01 del anexo III del presente Reglamento.
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