Art. 26
Plantillas de información cuantitativa para empresas individuales — Información sobre operaciones intragrupo
En vigor desde 4 abr 2023
Artículo 26
Plantillas de información cuantitativa para empresas individuales — Información sobre operaciones intragrupo
Las empresas de seguros y de reaseguros que no formen parte de un grupo de conformidad con el artículo 213, apartado 2, letras a), b) o c), de la Directiva 2009/138/CE y cuya empresa matriz sea una sociedad mixta de cartera de seguros comunicarán tan pronto como sea factible las operaciones intragrupo muy significativas a que se refiere el artículo 245, apartado 2, párrafo segundo, de dicha Directiva, así como las operaciones intragrupo que deban notificarse en toda circunstancia a que se refiere el artículo 245, apartado 3, de la misma Directiva, utilizando aquellas de las plantillas S.36.00.01 a S.36.05.01 del anexo I del presente Reglamento que resulten pertinentes y siguiendo las instrucciones de las secciones S.36.00 a S.36.05 del anexo II del presente Reglamento.
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