Art. 43
Auditorías
En vigor desde 15 mar 2023
Artículo 43
Auditorías
Las auditorías sobre el uso de la contribución de la Unión por parte de personas o entidades, incluidas las realizadas por otras distintas de aquellas mandatadas por las instituciones u órganos de la Unión, constituirán la base de la garantía global con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento Financiero.
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