Art. 1

Definiciones

En vigor desde 2 mar 2023
Artículo 1 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «servicio designado»: un servicio intermediario designado como plataforma en línea de muy gran tamaño o motor de búsqueda de muy gran tamaño con arreglo al artículo 33, apartado 4, del Reglamento (UE) 2022/2065; 2) «prestador de servicios designados»: el prestador al que se dirige una o varias decisiones de la Comisión por las que se designa una plataforma en línea de muy gran tamaño o un motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño de conformidad con el artículo 33, apartado 4, del Reglamento (UE) 2022/2065; 3) «importe de base»: el importe calculado para cada servicio designado de conformidad con el artículo 4 y antes de la aplicación del límite global máximo a que se refiere el artículo 5.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2023:1127:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil