Art. 10

Selección del tipo de pruebas

En vigor desde 5 ago 2022
Artículo 10 Selección del tipo de pruebas 1.   Las autoridades que solicitan pruebas ofrecerán a los usuarios la posibilidad de solicitar los tipos de pruebas que correspondan, sobre la base de la información registrada en el mediador de pruebas, a los tipos de pruebas que serían aceptables con arreglo a la legislación aplicable en el procedimiento correspondiente por presentación directa, siempre que las autoridades que presentan pruebas faciliten este tipo de pruebas a través del STTU de acuerdo con el artículo 5, apartado 1. 2.   Cuando puedan solicitarse múltiples pruebas, la autoridad que las solicite se asegurará de que los usuarios puedan seleccionar todas las pruebas o un subconjunto o un tipo específico de ellas.
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