Art. 10
Compromisos financieros anuales
En vigor desde 13 jul 2022
Artículo 10
Compromisos financieros anuales
Los compromisos financieros anuales a que se refiere la fórmula establecida en el artículo 7 incluirán todos los gastos con respecto a los cuales un inversor no experimentado haya asumido un compromiso en relación con un año civil determinado, incluidos:
a)
las pensiones alimenticias y de manutención por hijos a cargo;
b)
los pagos de alquileres e hipotecas;
c)
los reembolsos de préstamos;
d)
los pagos de primas de seguro;
e)
los pagos de gastos de los servicios públicos, incluidos los efectuados para cubrir los gastos de electricidad, calefacción y agua;
f)
los pagos de las suscripciones a servicios;
g)
el impuesto sobre la renta y los impuestos sobre la propiedad.
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