Art. 10

Compromisos financieros anuales

En vigor desde 13 jul 2022
Artículo 10 Compromisos financieros anuales Los compromisos financieros anuales a que se refiere la fórmula establecida en el artículo 7 incluirán todos los gastos con respecto a los cuales un inversor no experimentado haya asumido un compromiso en relación con un año civil determinado, incluidos: a) las pensiones alimenticias y de manutención por hijos a cargo; b) los pagos de alquileres e hipotecas; c) los reembolsos de préstamos; d) los pagos de primas de seguro; e) los pagos de gastos de los servicios públicos, incluidos los efectuados para cubrir los gastos de electricidad, calefacción y agua; f) los pagos de las suscripciones a servicios; g) el impuesto sobre la renta y los impuestos sobre la propiedad.
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