Art. 5

Mensajes relativos a la anulación del documento administrativo electrónico

En vigor desde 5 jul 2022
Artículo 5 Mensajes relativos a la anulación del documento administrativo electrónico Los mensajes relativos a la anulación del documento administrativo electrónico en virtud del artículo 20, apartado 6, de la Directiva (UE) 2020/262 deberán cumplir los requisitos establecidos en el cuadro 2 del anexo I del presente Reglamento.
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