Art. 16

Evaluación de los factores

En vigor desde 20 abr 2022
Artículo 16 Evaluación de los factores Las autoridades competentes fijarán los límites de posición en los contratos del próximo vencimiento y del resto de vencimientos aplicables a un derivado sobre materias primas agrícolas o a un derivado crucial o significativo sobre materias primas tomando como valor de referencia el calculado con arreglo a los artículos 11, 13 y 15, y ajustándolo de acuerdo con el efecto potencial de los factores contemplados en los artículos 18 a 21 en la integridad del mercado de dicho derivado y de su materia prima subyacente, dentro de uno de los límites siguientes: a) entre el 5 % y el 35 %; b) entre el 2,5 % y el 35 % en el caso de un contrato de derivados con un subyacente que pueda considerarse alimento destinado a consumo humano, con un interés abierto combinado total en contratos del próximo vencimiento y contratos del resto de vencimientos superior a 50 000 lotes durante un período de tres meses consecutivos.
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