Art. 27
Suspensión de pagos
En vigor desde 21 dic 2021
Artículo 27
Suspensión de pagos
Los actos de ejecución para determinar los pagos mensuales, contemplados en el artículo 21, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/2116, o los pagos intermedios, contemplados en el artículo 32 de dicho Reglamento, tendrán en cuenta la suspensión de pagos decidida de conformidad con el artículo 40, apartados 1 y 2, el artículo 41, apartado 2, y el artículo 42, apartado 2, de dicho Reglamento.
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