Art. 27

Responsabilidad penal

En vigor desde 15 dic 2021
Artículo 27 Responsabilidad penal Durante el despliegue de los equipos de apoyo al asilo, los expertos desplegados serán tratados como funcionarios del Estado miembro de acogida por lo que respecta a los delitos que puedan cometer o de los que sean víctimas.
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