Art. 17

Beneficiarios

En vigor desde 15 dic 2021
Artículo 17 Beneficiarios 1.   Los beneficiarios estarán establecidos en el territorio de un beneficiario del IAP III que participe en el programa. 2.   Los beneficiarios designarán a uno de entre ellos como beneficiario principal. El beneficiario principal velará por la ejecución de la operación en su integridad, asegurará que la operación se ejecute de acuerdo con las condiciones fijadas en el contrato y establecerá con los demás beneficiarios pautas que garanticen la buena gestión financiera de los fondos asignados a la operación, en particular las relativas a la recuperación de los importes indebidamente abonados.
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