Art. 64

Composición del Consejo de Administración

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 64 Composición del Consejo de Administración El Consejo de Administración estará compuesto por: a) dos representantes de la Comisión, en nombre de la Unión; b) quince representantes de los miembros distintos de la Unión elegidos por los miembros fundadores y los miembros asociados de entre sus filas, garantizando una representación equilibrada de la cadena de valor aeronáutica, tales como integradores de aeronaves, fabricantes de motores y fabricantes de equipos; el Consejo de Administración establecerá en su reglamento interno un mecanismo de rotación para la asignación de las plazas de los miembros distintos de la Unión teniendo en cuenta el equilibrio entre mujeres y hombres; entre los representantes seleccionados figurarán al menos un representante de las pymes europeas, al menos dos representantes de las organizaciones de investigación y al menos un representante de los centros de enseñanza superior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:2085:oj#art-64

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil