Art. 49

Contribución financiera de la Unión

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 49 Contribución financiera de la Unión La contribución financiera de la Unión a la Empresa Común para una Europa Circular de Base Biológica, incluidos los créditos del EEE, para cubrir los costes administrativos y de explotación será de hasta 1 000 000 000 EUR, incluidos hasta 23 500 000 EUR para costes administrativos.
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