Art. 148
Órganos de la Empresa Común para la Investigación sobre ATM en el Cielo Único Europeo 3
En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 148
Órganos de la Empresa Común para la Investigación sobre ATM en el Cielo Único Europeo 3
Los órganos de la Empresa Común para la Investigación sobre ATM en el Cielo Único Europeo 3 serán:
a)
el Consejo de Administración;
b)
el director ejecutivo;
c)
el grupo de representantes de los Estados;
d)
el Órgano Científico Consultivo.
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