Art. 41

Gastos de viaje y alojamiento

En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 41 Gastos de viaje y alojamiento 1.   Independientemente de que se ocasionen y paguen dentro o fuera de la zona del programa, los gastos de viaje y alojamiento comprenderán únicamente los siguientes componentes: a) gastos de viaje (por ejemplo, billetes, seguros de vehículo y viaje, carburante, kilometraje del vehículo, peajes y gastos de aparcamiento), b) gastos de comidas; c) gastos de alojamiento; d) gastos de visados, y e) dietas. 2.   Aquellos componentes de los gastos enumerados en el apartado 1, letras a) a d), que estén cubiertos en concepto de dietas no se rembolsarán aparte por otro concepto distinto. 3.   Los gastos de viaje y alojamiento relativos a expertos externos y prestadores de servicios están incluidos en la categoría de costes de servicios y asesoramientos externos del artículo 42. 4.   El pago directo del gasto por aquellos componentes de los gastos enumerados en el apartado 1, letras a) a d), en que incurra un empleado del beneficiario se justificará con un comprobante de que el beneficiario ha efectuado el reembolso a dicho empleado. 5.   Los gastos de viaje y alojamiento de una operación podrán calcularse a un tipo fijo de hasta el 15 % de los costes directos de personal de dicha operación sin que el Estado miembro esté obligado a efectuar cálculo alguno para determinar el tipo aplicable.
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