Art. 41
Gastos de viaje y alojamiento
En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 41
Gastos de viaje y alojamiento
1. Independientemente de que se ocasionen y paguen dentro o fuera de la zona del programa, los gastos de viaje y alojamiento comprenderán únicamente los siguientes componentes:
a)
gastos de viaje (por ejemplo, billetes, seguros de vehículo y viaje, carburante, kilometraje del vehículo, peajes y gastos de aparcamiento),
b)
gastos de comidas;
c)
gastos de alojamiento;
d)
gastos de visados, y
e)
dietas.
2. Aquellos componentes de los gastos enumerados en el apartado 1, letras a) a d), que estén cubiertos en concepto de dietas no se rembolsarán aparte por otro concepto distinto.
3. Los gastos de viaje y alojamiento relativos a expertos externos y prestadores de servicios están incluidos en la categoría de costes de servicios y asesoramientos externos del artículo 42.
4. El pago directo del gasto por aquellos componentes de los gastos enumerados en el apartado 1, letras a) a d), en que incurra un empleado del beneficiario se justificará con un comprobante de que el beneficiario ha efectuado el reembolso a dicho empleado.
5. Los gastos de viaje y alojamiento de una operación podrán calcularse a un tipo fijo de hasta el 15 % de los costes directos de personal de dicha operación sin que el Estado miembro esté obligado a efectuar cálculo alguno para determinar el tipo aplicable.
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