Art. 18
Ámbito de aplicación
En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 18
Ámbito de aplicación
El presente capítulo se aplicará al apoyo del FSE+ que contribuya al objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado 1, letra m).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2021:1057:oj#art-18