Art. 4

[Competencia de ejecución, artículo 42, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2019/787] Zona geográfica

En vigor desde 12 may 2021
Artículo 4 [Competencia de ejecución, artículo 42, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2019/787] Zona geográfica La zona geográfica a que se refiere el artículo 22, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) 2019/787 deberá definirse con precisión y sin ambigüedad alguna, detallando en la medida de lo posible los límites físicos o administrativos.
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