Art. 21

Evaluación

En vigor desde 29 abr 2021
Artículo 21 Evaluación De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del Reglamento Financiero, las solicitudes de subvención serán evaluadas por un comité de evaluación, que podrá estar compuesto en su totalidad o en parte por expertos externos independientes.
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