Art. 84

Presupuesto de la Agencia

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 84 Presupuesto de la Agencia 1.   Sin perjuicio de otros recursos y cánones, los ingresos de la Agencia incluirán una contribución de la Unión consignada en el presupuesto de la Unión a fin de asegurar el equilibrio entre ingresos y gastos. La Agencia podrá recibir subvenciones ad hoc con cargo al presupuesto de la Unión. 2.   Los gastos de la Agencia incluirán los gastos de personal, administrativos y de infraestructura, los gastos de funcionamiento y los gastos correspondientes al funcionamiento del Consejo de Acreditación de Seguridad, incluidos los organismos a que se refieren el artículo 38, apartado 3, y el artículo 82, apartado 3, y los contratos y convenios celebrados por la Agencia para cumplir las funciones que se le encomienden. 3.   Los ingresos y los gastos deberán estar equilibrados. 4.   El director ejecutivo, en estrecha colaboración con el presidente del Consejo de Acreditación de Seguridad en el caso de las actividades correspondientes al título V, capítulo II, establecerá un proyecto de declaración de estimaciones de ingresos y gastos de la Agencia para el ejercicio siguiente, haciendo una clara distinción entre los elementos del proyecto de declaración de estimaciones que estén relacionados con las actividades de acreditación de seguridad y los relacionados con las demás actividades de la Agencia. El presidente del Consejo de Acreditación de Seguridad podrá hacer una declaración por escrito acerca del proyecto y el director ejecutivo remitirá tanto el proyecto de declaración de estimaciones como la declaración al Consejo de Administración y al Consejo de Acreditación de Seguridad, junto con un proyecto de plantilla de personal. 5.   Cada año, sobre la base del proyecto de declaración de estimaciones de ingresos y gastos y en estrecha cooperación con el Consejo de Acreditación de Seguridad en el caso de las actividades correspondientes al título V, capítulo II, el Consejo de Administración establecerá la declaración de estimaciones de ingresos y gastos de la Agencia para el ejercicio siguiente. 6.   A más tardar el 31 de enero, el Consejo de Administración remitirá un proyecto de documento único de programación que incluya, entre otras cosas, una declaración de estimaciones, un proyecto de plantilla de personal y un programa de trabajo anual provisional, a la Comisión y a los terceros países u organizaciones internacionales con los que la Agencia haya celebrado acuerdos de conformidad con el artículo 98. 7.   La Comisión transmitirá la declaración de estimaciones de ingresos y gastos al Parlamento Europeo y al Consejo («autoridad presupuestaria») junto con el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea. 8.   La Comisión, a partir de la declaración de estimaciones, inscribirá en el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea las estimaciones que considere necesarias por lo que respecta a la plantilla de personal y al importe de la subvención con cargo al presupuesto general. La Comisión ha de presentar el proyecto de presupuesto general a la autoridad presupuestaria de conformidad con el artículo 314 del TFUE. 9.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos en concepto de contribución a la Agencia y aprobará la plantilla de personal de la Agencia. 10.   El presupuesto será adoptado por el Consejo de Administración. Se convertirá en definitivo tras la adopción definitiva del presupuesto general de la Unión Europea. Cuando sea necesario, el presupuesto se adaptará en consecuencia. 11.   Cuando el Consejo de Administración se proponga realizar cualquier proyecto que tenga repercusiones financieras significativas en la financiación del presupuesto, en particular proyectos de carácter inmobiliario como la adquisición o el alquiler de edificios, lo notificará lo antes posible a la autoridad presupuestaria. Informará de ello a la Comisión. 12.   Cuando una rama de la autoridad presupuestaria haya comunicado su intención de emitir un dictamen, lo transmitirá al Consejo de Dirección en el plazo de seis semanas desde la fecha de notificación del proyecto.
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