Art. 71

Sede y oficinas locales de la Agencia

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 71 Sede y oficinas locales de la Agencia 1.   La sede de la Agencia se encuentra en Praga (Chequia). 2.   El personal de la Agencia podrá encontrarse en cualquiera de los centros de infraestructura terrestre de Galileo o EGNOS a que se hace referencia en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/413 o (UE) 2017/1406 con el fin de ejecutar actividades del Programa previstas en el acuerdo pertinente. 3.   En función de las necesidades del Programa, podrán establecerse oficinas locales en los Estados miembros con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 79, apartado 2.
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