Art. 11

Revisión de los ámbitos de las misiones y asociaciones

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 11 Revisión de los ámbitos de las misiones y asociaciones A más tardar el 31 de diciembre de 2023, la Comisión revisará el anexo VI del presente Reglamento en el marco del seguimiento global del Programa, incluidas las misiones y las asociaciones europeas institucionalizadas establecidas en virtud de los artículos 185 o 187 del TFUE, y presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre sus principales conclusiones.
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