Art. 3
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 29 mar 2021
Artículo 3
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será aplicable a partir del 21 de abril de 2021, excepto el artículo 1, apartado 5, que será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2021.
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