Art. 4
Objetivo y estructura del portal de aduanas de la UE para operadores económicos
En vigor desde 8 mar 2021
Artículo 4
Objetivo y estructura del portal de aduanas de la UE para operadores económicos
El portal de aduanas de la UE para operadores económicos proporcionará un punto de acceso único para que los operadores económicos y otras personas puedan acceder a los portales específicos para operadores económicos de los sistemas transeuropeos a que se refiere el artículo 6, apartado 1.
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